Propiedad Intelectual

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Derecho de autor


¿Qué es el Derecho de Autor?

El derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado mexicano, a favor de todo creador de obras literarias y artísticas, en virtud del cual otorga su protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. A través del Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).


¿Qué tipo de obras protegen en virtud de Derecho de Autor?

  • Literaria;

  • Musical, con o sin letra;

  • Dramática;

  • Danza;

  • Pictórica o de dibujo;

  • Escultórica y de carácter plástico;

  • Caricatura e historieta;

  • Arquitectónica;

  • Cinematográfica y demás obras audiovisuales;

  • Programas de radio y televisión;

  • Programas de cómputo;

  • Fotográfica;

  • Obras de arte aplicado;

  • De compilación, integrada por las colecciones de obras, tales como las enciclopedias, las antologías, y de obras y otros elementos como las bases de datos, siempre que dichas colecciones, por su selección o la disposición de su contenido o materias, constituyan una creación intelectual.

  • Las demás obras que por analogía puedan considerarse obras literarias o artísticas se incluirán en la rama que les sea más a fin a su naturaleza.


¿Qué es el Derecho de Autor?

El procedimiento para tramitar cuestiones referentes al derecho de autor es el siguiente:

  1. Contactar al responsable de Área en la Facultad de Contaduría y Administración (FCA), M.A. Yirandy Josué Rodríguez León, correo: yirandy.rodriguez@uabc.edu.mx
  2.  Llenar el formato de solicitudes de asesorías en temas de Derecho de Autor: https://forms.gle/z1fvEPqht5gyqFcE6
  3. Conformación de la documentación: a) Dos cartas de Colaboración Remunerada (Firmadas con Tinta Azul) b) Dos copias de Identificación.

Propiedad Industrial

¿Qué protege la Propiedad Industrial?


Las figuras jurídicas que protege la Propiedad Industrial son: ·Patentes (a producto o proceso que demuestra ser nuevo a nivel internacional) ·Modelo de Utilidad (son aquellas Modificaciones a inventos, herramientas y maquinaria ya existentes para mejorar su desempeño) ·Diseños Industriales (Modelo industrial, Dibujo industrial, Marca, Aviso Comercial, Nombre Comercial y Denominación de Origen).

¿Qué es la Propiedad Industrial?


La protección de la propiedad industrial tiene por finalidad impedir toda utilización no autorizada de dichas figuras; es por ello que el Instituto se rige bajo 3 características de los derechos de propiedad industrial: Exclusividad, en donde el titular es el único autorizado para explotar comercialmente lo que ha protegido; Territorialidad, que son los derechos otorgados dentro del territorio nacional y son independientes a los otorgados en otros países; y Temporalidad, que es el tiempo estipulado durante el cual se puede explotar comercialmente lo protegido. El órgano rector en México para este tema es el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).

¿Cuál es el Procedimiento a seguir para el reconocimiento de la Propiedad Industrial en la FCA Tijuana?


  1. Enviar al correo yirandy.rodriguez@uabc.edu.mx un proyecto de presentación del producto o proceso, modificación de invento, herramientas y maquinarias ya existentes para mejorar su desempeño; modelo o dibujo industrial, marca, aviso o nombre comercial, denominación de origen, respectivamente. 
  2.  Llenar el formato de solicitudes de asesorías en temas de Propiedad Industrial: https://forms.gle/UQwHRXadEPUHjx2i7 
  3.  Aviso de Novedad (Documento en formato de presentación donde se exponga la novedad donde se evidencie la novedad de la invención)
  4.  Solicitud de entrevista para exposición de Proyecto ante el Departamento de Propiedad Intelectual y Transferencia (DPIT) 
  5.  Búsqueda Tecnológica por parte del DPIT (Se notifica al autor (s) los resultados de novedad derivados de la búsqueda tecnológica) 
  6.  Procedencia de la Protección y Definición de la Estrategia (DPTI, Responsable de Unidad Académica y Autores, donde se informan requisitos del trámite de la figura jurídica ante la autoridad competente) 
  7.  Estructura para la memoria técnica y acompañamiento técnico (Reuniones DPTI, Responsable Unidad Académica y Autores) 
  8.  Preparación del trámite administrativo (Responsable Unidad Académica y Autores, con asesoría del DPIT) 
  9.  Presentación ante la instancia competente.

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